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Contratos y ley

Garantías para alquilar: propietaria, seguro de caución y garante

5 min de lectura

La garantía es una de las condiciones que más pesa a la hora de cerrar un alquiler: le da al propietario un respaldo por si el inquilino deja de pagar o se generan daños. En Argentina conviven varios tipos de garantía y cada uno tiene sus ventajas y desventajas. En esta guía los repasamos para que sepas qué se suele pedir y qué conviene en cada caso. Como siempre, es una orientación general: lo que se acepte y cómo se instrumente depende del contrato y de la normativa vigente, así que consultá con un profesional.

Garantía propietaria

Es la garantía «clásica»: una o más personas ofrecen una propiedad de su titularidad como respaldo. Suele ser la más valorada por los propietarios porque hay un bien inmueble detrás. La contra es práctica: no todos los inquilinos consiguen a alguien con una propiedad dispuesta a garantizar, y a veces se pide más de una.

Garante o fiador

Una persona se compromete a responder por las obligaciones del inquilino (habitualmente demostrando ingresos o recibos de sueldo). Es más accesible que la garantía propietaria, pero para el propietario el respaldo depende de la solvencia de ese garante en el tiempo, algo más difícil de asegurar que un inmueble.

Seguro de caución

Una compañía de seguros emite una póliza que cubre al propietario ante la falta de pago, según las condiciones del contrato de seguro. Su gran ventaja es que no requiere garante ni propiedad, lo que agiliza el acceso al alquiler. A cambio, tiene un costo (lo paga habitualmente el inquilino) y conviene leer bien qué cubre y qué no.

Otras alternativas

Según el caso, pueden acordarse otras formas de respaldo, como un depósito ampliado o combinaciones de garantías. Sea cual sea, lo importante es que quede claramente definida en el contrato: qué tipo es, quién la otorga y qué cubre. Es una de las cláusulas que conviene cuidar; podés verlo en la guía de cláusulas del contrato de alquiler.

Cómo elegir

Para el propietario, la prioridad suele ser la solidez del respaldo; para el inquilino, la accesibilidad. La garantía propietaria da más seguridad pero es más difícil de conseguir; el seguro de caución facilita el acceso pero tiene costo; el garante está en el medio. No hay una opción «mejor» universal: depende del perfil de las partes y del acuerdo.

Más allá de la garantía elegida, administrar bien el alquiler —cobrar a tiempo, aplicar los ajustes, detectar la mora temprano— es lo que reduce el riesgo real de que la garantía tenga que ejecutarse. FORUX te ayuda a mantener las cobranzas al día y a ver la morosidad de un vistazo. Podés probarlo gratis.

Preguntas frecuentes

¿El seguro de caución reemplaza al garante?

En la práctica, cumple esa función: cubre al propietario sin necesidad de garante ni propiedad. Las condiciones exactas (qué cubre, plazos, exclusiones) las define la póliza, así que conviene leerla antes de contratarla.

¿Cuántas garantías puede pedir el propietario?

Es parte de lo que se negocia entre las partes. Algunos propietarios piden más de una garantía propietaria; otros aceptan un seguro de caución. Lo importante es que lo acordado quede escrito en el contrato.

¿Quién paga el seguro de caución?

Habitualmente lo abona el inquilino, pero es un punto que se acuerda entre las partes. Conviene dejarlo aclarado en el contrato junto con el resto de las condiciones de la garantía.

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